7 de cada 10 declaraciones de renta de afectados por ERTO será incorrecta
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El cheque de 200 euros por familia: quién lo puede pedir y cuándo

Os explicamos los requisitos publicados al BOE para aspirar a la nueva ayuda de 200 euros aprobada por el gobierno español

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El cheque de 200 euros incluido en el nuevo decreto aprobado este martes por el Consejo de Ministros con nuevas medidas anticrisis se podrá pedir a partir de 15 de febrero a la Agencia Tributaria, según recoge el texto publicado al Boletín Oficial del Estado. Se podrán acoger aquellos hogares con ingresos inferiores a los 27.000 euros anuales, los ciudadanos residentes en el Estado por debajo este umbral que durante este año hayan trabajado por cuenta propia o ajeno y estén dados de alta a la Seguridad Social o hayan recibido una prestación de paro y dispongan de un patrimonio inferior a los 75.000 euros a 31 de diciembre.

El plazo máximo para acogerse al cheque de 200 euros, que constará de un pago único a través de una transferencia, finalizará el 31 de marzo.

En cambio, no podrán ser beneficiarios de esta medida los ciudadanos que a 31 de diciembre reciban el Ingreso Mínimo Vital o alguna pensión o aquellos solicitantes quién durando el 2022 hayan sido administradores de derecho de una sociedad mercantil que en el último día de este año no haya cesado la actividad o si se es titular de valores en bolsa.

Un golpe tramitada la documentación para pedir la ayuda, la Agencia Tributaria efectuará el ingreso si es correcto. En caso contrario, justificará los motivos por el cual se deniega la petición y el solicitante tendrá diez días hacer alegaciones o presentar nueva documentación. Sino, al cabo de 30 días la propuesta se dará formalmente por denegada. Así mismo, si la administración detecta que se ha otorgado la ayuda y se incumplen algunos de los requisitos podrá reclamar su devolución más los intereses de demora.

El paquete aprobado

En el nuevo paquete de medidas que presentó ayer el presidente del gobierno español, Pedro Sánchez, también destaca la reducción del IVA del 4 % al 0 % los alimentos de primera necesidad (el pan, las harinas panificables, la leche, el queso, huevos, frutas, verduras, hortalizas, legumbres, patatas y cereales) y del 10 % al 5 % en el caso del óleo y la pasta. Así mismo, se posa fin al descuento generalizado de 20 céntimos por litro de combustible y se mantendrá solo en sectores profesionales concretos.

Solo se aplicará al transporte profesional por carretera y se abonará a final de cada mes. Para los agricultores también se mantendrá la ayuda, que se dará con la devolución del impuesto especial de hidrocarburos con un coste de 240 millones. También se darán 120 en ayudas directas para pescadores.

Además, a los agricultores se los compensará el aumento de los costes por el encarecimiento de los fertilizantes con 800 millones en ayudas directas. Una parte del paquete va dirigido a la industria electrointensiva, para quien se abrirá una línea de liquidez del ICO de 500 millones. Al sector de la cerámica y otras subsectors, tendrán 450 en ayudas.

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