Imagen de archivo de un patinete eléctrico
Imagen de archivo de un patinete eléctrico

Edad mínima de 16 años y casco obligatorio para conducir un patinete eléctrico en Mataró

Así lo establece la nueva Ordenanza de Movilidad de mataró, que también prohíbe la circulación de bicicletas por aceras y zonas de peatones

Mataró prohibirá conducir patinetes eléctricos a los menores de 16 años, y además será obligatorio llevar casco para hacerlo. Así lo establece la nueva ordenanza de movilidad, que el Ayuntamiento ya tiene a punto. El documento también prohibirá la circulación de bicicletas por aceras y zonas de peatones, al igual que ya se hace con los patinetes.

El Ayuntamiento aprobó el anteproyecto de ordenanza por decreto y ahora lo ha traído a información pública, de forma que hasta el 10 de marzo la ciutdania puede consultarlo y hacer llegar sus aportaciones al correo electrónico mobilitat@ajmataro.cat. El ordenanza regula todos los aspectos de la movilidad a la ciudad, haciendo especial mención a los vehículos de movilidad personal (VMP) como por ejemplo los patinetes eléctricos, o las bicicletas, que hasta ahora no han sido objete de una regulación bastante concreta.

Desde principios de año la Policía Local ha empezado a multar los conductores de patinetes eléctricos que circulen por la acera y por las zonas de peatones, a raíz de la entrada en vigor de la mdoficació legislativa que así lo regula. Más allá de la norma general, pero, Mataró aprobará con esta nueva ordenanza una serie de normativas de aplicación municipal, que son todavía más restrictivas.

Ciclistes pel carril de la Ronda Cervantes. Foto: R. Gallofré

Ciclistas por el carril de Ronda Cervantes. Foto: R. Gallofré

En el ámbito de los vehículos de movilidad personal, se establece que en Mataró la edad mínima para conducirlos será 16 años y el conductor tendrá que traer obligatoriamente casco de protección homologado. Se prohíbe su circulación por las zonas de peatones, como ya establece la normativa superior, y en Mataró tampoco podrán circular por la calzada de las vías que tienen limitada la velocidad a 50 km/h. También se prevé habilitar un registro municipal de este tipo de vehículos. Los patinetes no eléctricos, monopatins y similares sí que pueden circular por las aceras y calles residenciales a una velocidad adaptada a paso de persona, y se establece el uso obligatorio del casco de protección homologado para las personas menores de 16 años.

En cuanto a las bicicletas, se prohíbe también la circulación por aceras y por zonas e peatones, tal y cómo pasa con los patinetes y cómo establece el Reglamento General de Circulación (arte. 121.5). El anteproyecto de Ordenanza de Movilidad contempla pero una excepción cuando la persona conductora sea menor de 12 años y lo haga acompañada de un adulto a pie, a una velocidad que no supere los 5 km/h y manteniendo una distancia de seguridad de 1 metro respecto de los peatones.

 

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