Comprar una vivienda.
Comprar una vivienda.

Guía práctica para la compraventa de inmuebles

La Cámara de la propiedad detalla todo aquello que necesitas saber a la hora de comprar o vender un inmueble de cara este 2023.

La compraventa de bienes inmuebles puede ser un proceso complejo si no se está acostumbrado. Por eso, si se llega a la conclusión que toca vender algún inmueble, siempre hay que acudir a profesionales para poder tener a punto toda la documentación necesaria para la transacción. Por eso, la Cámara de la propiedad repasa todos los puntos que hay que tener en cuenta a la hora de hacer una tarea de estas características. A continuación sabréis todo el que necesitáis.

Todas las partes de la operación

En una transacción de estas características siempre hay dos partes, tanto el comprador cómo el vendedor, que tendrán que estar identificados con DNI o ANIDO en caso de extranjeros, o el CIF en caso de personas jurídicas. Hará falta la documentación extra sí quien actúa lo hace a través de representantes. Por último si los vendedores no son residentes en el Estado, el comprador tiene que retener el 3 % del valor del Inmueble para pagar a Hacienda por la ganancia obtenida.

Sobre el inmueble objeto de venta

Sobre el inmueble en venta necesitaremos varios documentos para poder llevar a cabo la transacción con éxito. Son los siguientes:

  • Nota simple expedida por el Registro: servirá para conocer titulares, descripción y cargas (hipotecas, embargos, servidumbres de cualquier clase, normas de la Comunitat, de la urbanización...)
  • Escrituras públicas previas: Servirán para conocer la historia del inmueble, posibles derecho de vuelo, si ha reservado derechos a edificar y otros detalles.
  • Referencia catastral e Impuesto de Bienes Inmuebles y otros arbitrios: El más adecuado sería contar con los recibos de los últimos cuatro ejercicios de IBI, puesto que el plazo de prescripción es de cuatro años y así evitaremos sustos.

Coordinación de la realidad con el Registro de la Propiedad y el Catastro

La coordinación entre información registral y catastral es crucial porque todo esté perfectamente inscrito al Registro de la Propiedad y al propio catastro, sobre todo si se tiene que pedir una hipoteca.

Suministros

Naturalmente, los suministros básicos (agua, luz, gas) tienen que estar al día, por el que habrá que tener facturas para poder asegurar que no hay ningún recibo en deuda y que se podrá hacer un cambio de nombre.

Documentación relevante y aspectos urbanísticos

  • Certificado de eficiencia energética y cédula de habitabilidad: la UE obliga a posarlo a disposición del comprador, sacado de dos supuestos cómo que la vivienda se tenga que rehabilitar o si se declara expresamente que el inmueble no irá destinado a vivienda
  • Certificado de deudas con la comunidad: hay que declarar expresamente estar al corriente de pago o que se debe de y en qué proceso se encuentran las deudas.
  • Inspección Técnica del Edificio: conocido como ITE, es una evaluación obligatoria que tienen que hacer todos los edificios de más de 45 años y que analiza la conservación del edificio, elementos estructurales... es un elemento que aporta la comunidad de propietarios donde se integra la vivienda.

Licencias de obra y sus finales de obra correspondientes

Hay que tener los original y las copias de todas las licencias concedidas, así como certificados finales de obra del Ayuntamiento, primera ocupación, planos aprobados, proyecto básico y ejecución.

Informe de calificación urbanística

Hay que reclamar en el Ayuntamiento este documento para saber las condiciones edificatòries que se tienen que cumplir en el solar en cuestión.

Qué pasa si el inmueble está arrendado?

Por último, hay que saber que si el inmueble está arrendado, quien adquiera la vivienda tendrá que quedar subrogado al contrato de arrendamiento durante los cinco primeros años de contrato. El inquilino, además, tiene derecho de tanteo y retracto sobre la vivienda:

  • Derecho de tanteo: el propietario tiene que notificar la intención de vender el inmueble y las condiciones esenciales porque el inquilino, si quiere, pueda ejercer el derecho en tanteo.
  • Derecho de retracto: se puede ejercer después de la venta, siempre que se haya vendido por precio inferior, sin los requisitos exigidos o si la notificación mencionada anteriormente no se hubiera llevado a cabo.

Todos estos aspectos son los que hay que tener en cuenta en una compraventa de bienes inmuebles. Por eso, a la Cámara de la propiedad ofrecen el mejor asesoramiento porque no falte ninguna documentación ni ningún paso a la hora de llevarlo a cabo. Trámites, gestiones, estudios y todos los detalles que necesitas están en sus manos. Puedes contactar con ellos en este enlace.

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