La jubilación activa se plantea cómo una nueva forma de jubilación que permite garantizar la sostenibilidad de las pensiones a largo plazo y reducir su coste. Se trata, por lo tanto, de alargar la vida laboral, compatibilizando el cobro de la prestación con un trabajo por cuenta ajena o propio. Y es justamente esto, la gran diferencia que presenta respecto a otras jubilaciones flexibles que no recogen la posibilidad de poderse acoger también los autónomos. De manera general, el cobro que correspondería sería lo del 50 % de la pensión que tocaría respecto a una jubilación completa. Los autónomos además, pueden llegar a cobrar hasta el 100 % si tienen al menos un trabajador contratado.
Para beneficiarse de esta jubilación hay que cumplir tres requisitos básicos.
- Haber cumplido la edad legal de jubilación, una edad que cómo sabemos va aumentando cada año.
- Haber cotizado los años exigidos para tener derecho al cobro del 100 % de la prestación.
- Y que el trabajo que se continúe ejerciendo, sea en el sector privado.
Durante este periode, se cotiza a la Seguridad Social solo por IT (incapacitado temporal) y por Contingencias Profesionales, es decir, un 3,3 % de la base reguladora, al cual habrá que sumarle un 9 % en concepto de "cotización especial de solidaridad", porcentaje que se repartirán entre empresa y trabajador, correspondiendo un 2 % a este último.
Otras particularidades de esta jubilación es que las personas sometidas a ella, tienen la consideración de pensionistas a todos los efectos.
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