Hace cinco años, el Tribunal Supremo emitió una sentencia que podría beneficiar aquellos que contrataron una hipoteca antes de junio del 2019. Esta sentencia determinó que determinadas gastos asociados a la formalización de la hipoteca eran abusivas y, por lo tanto, los bancos estaban obligados a reembolsarlas a los clientes.
Los consumidores que se hipotecaron antes de esta fecha pueden reclamar una parte de aquellos gastos que tuvieron que sufragar en aquel momento. Las devoluciones podrían oscilar alrededor de los 1.000 euros de media, en función de la cantidad y las características de cada hipoteca.
Qué gastos se pueden reclamar? Principalmente, se puede solicitar la devolución del 100 % de los gastos de registro de la propiedad, gestoría y tasación. Respecto a los gastos notariales, se puede reclamar el 50 %, puesto que el otra mitad tiene que ser asumida por los usuarios.
Sin embargo, la fecha tope para esta reclamación no es clara. El Tribunal Supremo ha planteado la cuestión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, puesto que la prescripción de los casos no tiene una fecha concreta. A pesar de que algunos expertos sugieren el 23 de enero como fecha tope, esta se puede ampliar hasta el 14 de abril para tener en cuenta los 82 días de estado de alarma durante el 2020.
A Cataluña, la situación es todavía más compleja, puesto que el Código Civil establece un plazo de prescripción de 10 años en lugar de 5. Con todo, la incertidumbre recae en el punto inicial para contar los años, y un juzgado de primera instancia de Barcelona ha solicitado a la justicia europea una aclaración al respeto.
Los expertos aconsejan iniciar el procedimiento antes del 24 de enero, utilizando un burofax oficial para asegurarse que el banco rechace la reclamación antes de esta fecha. Esta acción proporcionaría una prueba esencial en caso de que se necesite recurrir a la vía judicial.
Cómo se tiene que llevar a cabo la reclamación? En primer lugar, hay que enviar una solicitud escrita al departamento de reclamaciones del banco, pidiendo la devolución de los gastos abusivos. Esta solicitud se puede hacer mediante burofax u otras vías, pero es recomendable utilizar este medio para garantizar su recepción.
Es esencial adjuntar todas las facturas correspondientes a los gastos en cuestión. En caso de no disponer de esta documentación, se puede recurrir al notario donde se firmó la escritura de la hipoteca o a los registros pertinentes.
Si la respuesta del banco no es satisfactoria, se puede recurrir al servicio de reclamaciones del Banco de España, que suele durar entre 15 días y dos meses al responder. En caso de que esta vía tampoco sea efectiva, se puede considerar la posibilidad de recurrir a la vía judicial.
Hipotecas posteriores al 2019
Por aquellas personas que contrataron una hipoteca después de junio del 2019, la ley de Contratos de Crédito Inmobiliario ya regula los gastos asociados a la formalización de estos contratos, y no se pueden reclamar según las normativas actuales.
Comentarios