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Los Tratamientos de fertilidad: todo el que hay que saber

Qué técnicas son las más efectivas, los requisitos para acceder desde la seguridad social y mucho más.

La mayoría de mujeres (un 80 %) se quedan embarazadas durante el primer año después de dejar los métodos anticonceptivos. El estrés y la disminución de la fertilidad (que empieza a los treinta años) son las causas más frecuentes de la incapacidad para concebir, por lo cual en estos casos, acudir a tratamientos de fertilidad, es una opción muy aconsejable para poder aumentar la familia cuando no se puede de manera natural.

Antes de iniciar un tratamiento de este tipo, el ginecólogo someterá a la pareja a diferentes pruebas entre las cuales se encuentran las anàlitiques de sangre, un espermiograma, una maceta postcoital y una maceta de ovulación. Entre las técnicas de reproducción asistida más conocidas y efectivas destacan:

  • La Fecundación In vitro (FIV): con ella se consigue unir el óvulo con el espermatozoide en un laboratorio para conseguir embriones fecundados que son introducidos posteriormente en el útero materno.
  • Inseminación Artificial o Inseminación Intrauterina: la diferencia con el anterior, es que los óvulos se fecundan dentro del útero y no en un laboratorio.
  • Ovodonació (o donación de óvulos): esta reproducción asistida se utiliza cuando la madre no es capaz de gestar por sí misma, por lo cual se unen los espermatozoides del padre con los óvulos de una donante. Cuándo es el padre el que tiene problemas de fertilidad, se acude en un banco de esperma.
  • La FIV suave o Minifiv: Menos invasiva que la FIV y que cuenta como ventaja que los ovocitos que se obtienen son de mayor calidad. El tratamiento además, es de menor duración.

La Seguridad Social suele cubrir este tipo de tratamientos, pero con unas ciertas limitaciones. Los requisitos para poder acceder son:

  • Tener más de 18 años y menos de 40 años (en el caso de la madre) o de 55 años (en el caso del padre).
  • No tener un hijo biológico en común que esté sano.
  • Que no exista contraindicación médica.
  • Haberlo intentado de manera natural al menos durante 12 meses antes del inicio del tratamiento.
  • Que exista un informe médico que autorice a someterse en el tratamiento.
  • Además también hay que saber que la Seguridad Social cubre como mucho tres ciclos de la Fecundación In vitro, a pesar de que dependerá de cada caso.

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