A partir de lunes 21, el número máximo de comensales que pueden sentar plegados en una tabla o espacio exterior de un bar o restaurante pasará a ser de 10. El Procicat ha revisado este punto en la modificación de restricciones contra el contagio de Covid . En interiores, pero, se seguirá con la misma limitación: 6 personas por tabla.
La ampliación del tope de personas por tabla o agrupación de tablas a la hostelería coincidirá con la entrada en vigor del importante paso, de obligación a simple recomendación, del número máximo de 10 personas en las reuniones sociales.
Cómo quedan las restricciones en restauración?
Los establecimientos pueden abrir con sujeción a las condiciones siguientes:
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Consumo a la barra permitido con una separación interpersonal de 1,50 metros.
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El número máximo de comensales por tabla o agrupación de tablas es de seis personas en el interior y de diez personas en terrazas y espacios al aire libre, salvo que pertenezcan a la burbuja de convivencia
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Distancia mínima debidamente señalizada de dos metros entre comensales de tablas o agrupaciones de tablas diferentes.
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Distancia de un metro entre personas de una misma tabla, excepto para personas que pertenezcan a la burbuja de convivencia.
Interiores
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El aforo se limita al 50 %.
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Ventilación del espacio mediante ventilación natural u otros sistemas de ventilación.
Terrazas
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Distancia mínima debidamente señalizada de dos metros entre comensales de tablas o grupos de tablas diferentes.
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El tipo y medida de tabla tienen que permitir que se garanticen las distancias.
Horarios
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El servicio solo se puede llevar a cabo de las 6:00 horas a las 01:00 horas.
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Los clientes no podrán permanecer al establecimiento fuera de esta franja horaria.
Este horario no es aplicable a los servicios de restauración de los centros de trabajo, a los servicios integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales para dar servicio exclusivamente a las personas que realizan prestación laboral y a las personas que están ingresadas, y en los servicios de comedor de carácter social.
Recogida de pedidos
Las actividades para servir a domicilio o para recogida de los clientes al establecimiento se podrán llevar a cabo durante todo el horario de apertura del establecimiento.
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