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Indemnizan la familia de un bebé que murió al nacer por una infección

El juez considera que la muerte fue negligencia médica puesto que el neonato no fue tratado con antibióticos

Un juzgado de Barcelona ha condenado al Servicio Catalán de la Salud (SCS) a indemnizar con 102.977 euros a los padres y el hermano de un neonato que murió en el Hospital de Mataró por una infección, sin que se administrara tratamiento antibiótico al bebé ni a la madre durante el parto. La sentencia, que ha difundido la Asociación Defensor del Paciente, obliga Salud, su aseguradora Winthertur y el Consorcio Sanitario del Maresme a pagar la mencionada indemnización para considerar que la muerte del bebé, que murió el 20 de agosto del 2001, cinco días después de nacer, fue por una negligencia médica.

Según considera probado el enjuiciado contencioso administrativo número 5 de Barcelona, la muerte del bebé, que contrajo la infección al nacer, podría haberse evitado con una cesárea y si se hubiera administrado profilaxis antibiòtica preventiva a la madre durante el parto y al niño cuando nació. La madre del bebé muerto había sufrido durante el embarazo una infección de orina por estreptococo y, días antes del parto, acudió de urgencias dos veces al Hospital de Mataró con una infección por hongos, molestias que suelen ser habituales en las embarazadas. A pesar de este historial médico, se permitió que la mujer tuviera un parto espontáneo, cuando una cesárea urgente habría reducido el riesgo de infección del bebé, y aunque la paciente tenía 37 semanas de gestación, no se le administraron antibióticos, cosa que incumple las recomendaciones de la Sociedad Española de Obstetricia y de Neonatologia.

Respecto al bebé, que murió a consecuencia de una meningitis bacteriana, el veredicto critica que el personal médico no tuviera en cuenta la infección de la madre, aunque pocas horas después de vida se observó que no succionaba bien y que presentaba irritabilidad e ictericia, y que no pusiera ningún medio para diagnosticar su enfermedad.

Según la opinión del juez, el Hospital incumplió el protocolo que ordena profilaxis antibiòtica, si bien pocas horas después de nacer el niño presentaba síntomas que permitían "prever, detectar y controlar la existencia de una infección". No fue hasta el 19 de agosto, el día antes de su muerte, cuando los médicos del Hospital de Mataró administraron antibióticos al bebé, que debido a su grave sido fue trasladado al Hospital Vall de Hebrón de Barcelona, donde se le dio el tratamiento adecuado aunque no se pudo evitar que muriera.

La sentencia condena también el Servicio Catalán de la Salud por no haber informado correctamente la madre de los riesgos y complicaciones que se derivaban de un parto vaginal, dados sus antecedentes infecciosos, y que la alternativa de la cesárea podría haber reducido el peligro de infección del bebé. El veredicto condena la compañía aseguradora, por haber sido emplazada a presentarse en este procedimiento judicial a pesar de que no contestara la demanda.

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