La policía local tiene, desde este miércoles, día 15, la potestad de sancionar en materia de espectáculos, actividades recreativas y establecimientos públicos. La Generalitat de Cataluña, que hasta ahora tenía esta competencia, la delegó en el ayuntamiento de Mataró a través de un convenio firmado el pasado 19 de diciembre, y que se hace efectiva desde ahora.
El ayuntamiento asume estas competencias en virtud del artículo 36 de la Ley 10/1990 del 15 de junio sobre policía del espectáculo, las actividades recreativas y los establecimientos públicos. Esta normativa prevé delegar las competencias sancionadoras en matèra de espectáculos y actividades recreativas a los entes locales y, más concretamente, en los ayuntamientos de más de 50.000 habitantes.
Esta delegación de competencias se lleva a cabo en el marco de colaboración y comunicación de las administraciones local y central. La Generalitat se reserva las facultades de dirección y control, así como de elaborar programas y estbalir directrices sobre la gestión de competencias delegadas, de pedir información al ayuntamiento, de enviar comisionados para coordinar las actuaciones y para formular requerimientos para corregir deficiencias.
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