Fachada del Ayuntamiento de Mataró.
Fachada del Ayuntamiento de Mataró.

Acuerdo de Pleno porque los mataronins sin domicilio fijo también se puedan empadronar

La propuesta de resolución aprobada prevé esta polémica medida pero tiene el voto contrario del partido de gobierno, el PSC,

El Ayuntamiento empadronará los mataronins que no tengan un domicilio fijo. O como mínimo lo hará si se cumple el acuerdo del Pleno municipal, en base a una propuesta de resolución votada favorablemente por la CUP, CiU, ERC, ICV y VoleMataró. La cuestión, pero, es que el partido de gobierno, el PSC, está en contra, y no sería el primer golpe que el gobierno municipal no aplica una propuesta de resolución aprobada por el Pleno.

Sea como fuere, el Pleno acordó que se eliminará la obligatoriedad de tener untítol de propiedad o contrato de alquiler del inmueble de cara a empadronarse en Mataró. Se trata de facilitar que las personas sin domicilio fijo o sin techo, o personas "en situación de ocupación", como dice el texto, puedan empadronarse y disfrutar de los derechos que esto supone. Del empadronamiento dependen la obtención de derechos y servicios como el acceso al sistema sanitario, al sistema educativo o la posibilidad de regularizar la condición administrativa

Para hacerlo, si se cumple el acuerdo y se sale adelante, harán falta otros documentos que tendrán que facilitar organismos como servicios sociales o la policía municipal. El texto recuerda que para la comprobación de la veracidad de los datos relativos a la residencia cuando no haya un título que avale la ocupación, el informe Parlament 2017 de la Sindicatura de Agravios recuerda que el gestor municipal puede aceptar otros documentos (p. ej. facturas de suministros; pedir un informe a la policía local; o hacer inspecciones a partir de las cuales, si se confirma que el vecino vive, lo tendrá que dar de alta en el padrón.

Los impulsores de la medida entienden que las personas sin domicilio fijo o sin hogar que residan al municipio tienen que ser inscritas al padrón municipal si así lo solicitan, puesto que, a pesar de no ser poseedores de un título de propiedad, un contrato de alquiler de vivienda o la autorización del titular, pueden acreditar su residencia a través otros procedimientos o actuaciones administrativas.

Archivado en:

Comentarios