capgros.com/efe

La familia de la joven muerta en la verbena de Arenys no recibirá indemnización

El TSJC ha denegado la petición de la familia, que pedía 600.000 euros en el Ayuntamiento para otorgar la licencia a la caseta donde se vendió el cohete

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha denegado la indemnización que solicitó en el Ayuntamiento de Arenys de Mar la familia de Montserrat Vilanova, de 18 años, la chica que en 2000 murió durante la verbena de San Juan al recibir el impacto de un cohete que lanzó un menor.

A la sentencia, la sección cuarta del TSJC desestima el recurso que la familia de la víctima presentó porque el Ayuntamiento de Arenys los indemnizara con 600.000 euros por haber otorgado la licencia municipal a la caseta en la cual fue adquirido el cohete que acabó con la vida de Montserrat Vilanova.

El tribunal mantiene a la sentencia que no se ha podido acreditar de ninguna forma que la concesión de la licencia municipal, que se otorgó conforme a la autorización de la Delegación del Gobierno para la venta de productos pirotécnicos, "no cumpliera con los presupuestos y requisitos establecidos en la legislación vigente".La sentencia añade que no existe ninguna constancia que la venta de artículos pirotécnicos a menores por parte de la caseta mencionada "fuera ni siquiera remotamente conocida" por el Ayuntamiento de Arenys de Mar.

"Y esto a pesar de que, con posterioridad al suceso, el ayuntamiento y otras instituciones de Cataluña examinan la cuestión, puesto que fue precisamente el accidente el que puso de relieve la posibilidad, no probada en este caso, que los menores compraran material pirotécnico", añade la sentencia. El tribunal concluye que, en todo caso, corresponde a la Guardia Civil el ejercicio de las competencias sobre el control de armas y explosivos, sin perjuicio que cualquier otra institución o persona tenga la obligación de denunciar cualquier irregularidad que detecte.

Además, recuerda la sentencia que el cohete fue adquirido por un amigo de Jordi, el menor que lo lanzó y que fue condenado a 120 horas de trabajos en beneficio de la comunidad por la Audiencia de Barcelona.

Archivado en:

Comentarios