La calle Barcelona de Mataró, por la noche, cuando se aplicará el toque de queda. Foto: R. G.
La calle Barcelona de Mataró, por la noche, cuando se aplicará el toque de queda. Foto: R. G.

El toque de queda: horarios, prohibiciones y excepciones

Qué se puede hacer y que no durante el confinamiento nocturno que la Generalitat aplica desde este domingo para combatir la segunda oleada de Covid

El gobierno de la Generalitat ha aprovechado el decreto de estado de alarma aprobado este domingo por el ejecutivo central para aplicar en Cataluña el toque de queda, desde este mismo domingo por la noche. El consejero de Interior, Miquel Sàmper, ha comparecido este anochecer en rueda de prensa para detallar todas las normas, prohibiciones y excepciones que se establecen para el confinamiento nocturno, aprobadas por el Procicat. "Es una medida imprescindible", ha dicho Sàmper, para justificar las restricciones que se aplicarán de cara a combatir la segunda oleada de Covid en el territorio.

El toque de queda empieza a aplicarse este mismo domingo y por un periodo indefinido, cada noche de las 22 a las 6h. Se prevén sanciones que pueden ser muy elevadas para los que lo incumplan, a pesar de que esta primera noche no se denunciará nadie sino que el dispositivo policial será meramente informativo. Samper ha insistido, pero, que no hay una "voluntad coercitiva" en estas medidas, sino que pretenden ser "disuasorias".

Se trata de una medida compleja de aplicar, que implica una larga lista de normas a cumplir, de prohibiciones a respetar y también de excepciones a causa de fuerza mayor que los ciudadanos que las cumplan tendrán que acreditar debidamente de cara a no ser sancionados. Estas son las medidas principales que se prevén.

Las principales restricciones

  • El toque de queda se establece entre las 22 y las 6 horas. La Generalitat lo aplica una hora antes de que el que establece el Estado de alarma del gobierno central (que prevé de 23 a 6)
  • En este horario quedan prohibidos como norma general todos los desplazamientos y la circulación por las vías públicas
  • El horario máximo de apertura al público de los establecimientos es hasta las 9 de la noche. Esto incluye servicios, comercio minorista, restauración, actividades deportivas y recreativas, y espacios públicos
  • Los bares y restaurantes (cerrados desde la semana pasada) que ofrecen servicio a domicilio o para llevar también tienen las 21h como hora límite, incluido la entrega de pedidos a casa
  • Los espectáculos y actividades culturales (conciertos, cine y teatro) pueden acabar a las 22 horas y los asistentes pueden volver a casa hasta las 23, acreditándolo con el ticket de entrada
  • La actividad deportiva y la apertura de las instalaciones que lo acogen está limitada a las 21h. El secretario general del Deporte, Gerard Figueras, ha pedido al Procicat que el horario fuera cómo lo de los espectáculos culturales, a las 22 horas, pero ha sido desestimado
  • Cualquier excepción a la norma se tiene que justificar con un certificado de la empresa (por los motivos laborales) u otro documento que acredite el motivo
  • Las multas por incumplir estas medidas y estar en la calle sin justificación irán de los 300 a los 6.000 euros

Las principales excepciones previstas

  • Asistencia sanitaria de urgencia
  • Adquisición de productos farmacéuticos de urgencia, a la farmacia más cercana (las farmacias, como servicio de urgencia, no tiene limitación horaria)
  • Desplazamiento para ir y volver a trabajar (con certificado de empresa)
  • Desplazamiento de profesionales y voluntarios acreditados para servicios esenciales, sanitarios y sociales
  • Cura de personas grandes, menores, dependientes, discapacitados o con vulnerabilidades, por motivos inaplazables
  • Actuación urgente ante órganos judiciales
  • Regreso al lugar de residencia habitual en caso de viaje
  • Pasear el perro, durante tiempo imprescindible y de manera individual, de 4 a 6 de la madrugada

 

 

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