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Fomento lleva a la Audiencia la lucha para tumbar el impuesto de patrimonio

La patronal interpone un recurso al AN porque eleve una cuestión de inconstitucionalidad contra el gravamen

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Fomento del Trabajo ha decidido llevar a la Audiencia Nacional (AN) su "lucha" para tumbar el impuesto del patrimonio. La patronal catalana ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo ante el AN para impugnar la orden ministerial que regula el tributo y porque eleve una cuestión de inconstitucionalidad contra el gravamen. "El impuesto del patrimonio lo queremos eliminar por el civil o por el criminal, a pesar de que jurídicamente no sea una expresión correcta", ha señalado el presidente de Fomento, Josep Sánchez Libro. "España tiene un impuesto del patrimonio que no existe en ninguno otro país de la Unión Europea, que graba el ahorro, mengua nuestra competitividad y distorsiona nuestra actividad económica", ha enumerado Sánchez Libro.

"Lo tenemos clarísimo. Empezamos nuestro mandato hace cuatro años planteando esta cuestión, de mucha relevancia por los empresarios de Cataluña", ha recordado el presidente de Fomento. "Queremos que el impuesto del patrimonio desaparezca de la legislación española y el único camino posible es el TC. Estamos convencidos que lo declarará inconstitucional porque es un tributo claramente confiscatori", ha insistido Sánchez Libro, que ha puntualizado que esta de la Audiencia Nacional es la tercera vía que utiliza Fomento después de los dos recursos de inconstitucionalidad –contra el impuesto del patrimonio y el impuesto de las grandes fortunas- entrados al TC a través de partidos políticos y gobiernos autonómicos.

"Es inconstitucional por motivos de fondos y de forma"

La medida se aprobó ayer lunes por unanimidad a la junta directiva de Fomento, este martes se trasladará a la CEOE y ha sido capitanejada por los abogados Jordi de Juan, socio de procedimientos tributarios Crowe Spain, y Manuel J. Silva, socio consultor del bufete Roca & Junyent. "Creemos que el impuesto del patrimonio es inconstitucional por motivos de fondos y de forma", ha especificado de Juan. "Vulnera el principio de capacidad económica, es confiscatori porque no tiene ningún límite superior y también graba el ahorro, un hecho absolutamente arcaico a la OCDE", ha enumerado el socio de procedimientos tributarios de Crowe Spain. "Se trata de un impuesto que a penas existe en ningún país de la Unión Europea", ha corroborado Silva.

"De hecho, ha contribuido que varias empresas no se instalen a Cataluña y que otras sociedades se trasladen a otros territorios", ha alertado el socio consultor del bufete Roca & Junyent, que también se ha mostrado confiado con la nueva doctrina del TC sobre la no confiscatorietat de los tributos y ha calculado un recorrido de unos "cuatro o cinco meses" del recurso por la Audiencia Nacional antes de hacer el salto al TC (a través de la cuestión de inconstitucionalidad). "Solo queremos que los catalanes tengan la misma fiscalidad que los madrileños o los andaluces", ha exclamado Sánchez Libro.

La Agencia Tributaria de Cataluña tendría que devolver los importes

"Además, si el impuesto del patrimonio se declarara inconstitucional se tendrían que devolver los importes cobrados", ha avanzado de Juan, que ha recomendado a todas las personas que pagan este tributo ( ciudadanos con patrimonio superior a los 700.000 euros) que lo sigan abonando, pero que presenten un recurso. Solo en estos casos –y si el tribunales fallan a favor de Fomento y tumban el impuesto del patrimonio- los afectados podrán recibir las indemnizaciones y los importes de vuelta hasta un máximo de cuatro anualidades. "Y quien tendría que devolver el dinero sería la Agencia Tributaria de Cataluña, puesto que el impuesto del patrimonio es un impuesto cedido y toda la recaudación va a la Generalitat", ha concluido de Juan.

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